¿Cuál fue la decisión de la justicia?
En un dictamen de 12 páginas sin votos disidentes, el Tribunal Electoral Regional (TER) del Maule rechazó una acusación por notable abandono de deberes, presentado por dos concejales en contra del alcalde de la comuna de Yerbas Buenas, Luis Cadegan, cuyo objetivo era que se decretara la inhabilidad del jefe comunal y que se le prohibiera ejercer cargos públicos por cinco años.
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¿Cuál fue el centro de la acusación?
Entre otros aspectos, los concejales, Nadia Gálvez y Rafael Viguera, argumentaron que el alcalde de Yerbas Buenas supuestamente no habría presentado a tiempo su informe de gestión correspondiente al año 2021, al momento en que asumió el actual Concejo Municipal. Esta situación, según los concejales habría impedido que ejercieran debidamente su labor fiscalizadora ante la autoridad comunal.
¿Y qué resolvió la justicia?
Al respecto, el TER estimó que «el principio de legalidad en materia sancionatoria, requiere que la conducta esté debidamente tipificada y establecida la correspondiente sanción para el caso de incumplimiento de la norma. En el caso sublite tal principio de legalidad se vería afectado, toda vez que lo que la norma señala es que a contar de la sesión de instalación debe hacerse entrega del Acta de Traspaso y no podría, por vía analógica o de interpretación aplicar la sanción más gravosa que contempla nuestro ordenamiento administrativo. Más aún cuando, como se ha establecido más arriba, el atraso en la entrega del acta de Traspaso de Gestión no ha producido ningún perjuicio a la labor fiscalizadora de los concejales, ni a la gestión municipal».
¿Cuál fue la conclusión?
A partir de estos antecedentes, el tribunal concluyó que «por las razones hechas valer en los considerandos anteriores, este tribunal considera que el alcalde Luis Cadegán Morán no ha incurrido en notable abandono de deberes que justifique la remoción en el cargo, rechazando de esta manera la petición principal formulada por los requirentes.
¿Quiénes firman la sentencia y qué viene ahora?
El fallo lleva la firma del ministro, Moisés Muñoz, junto a los abogados integrantes, Vicente Fodich y Francisco Pinochet. En todo caso, la parte perdedora tiene plazo legal para eventualmente apelar y llevar el caso ante el Tribunal Calificador de Elecciones para sentencia definitiva.