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Impulsan proyecto de ley que amplía y agiliza protección a víctimas VIF

A partir de la experiencia judicial y del conocimiento científico, la iniciativa establece nueve medidas que, en caso de aprobarse, fiscales y jueces deberán adoptar de manera inmediata

¿De qué se trata?

Ampliar y agilizar la protección que reciben las víctimas de violencia intrafamiliar es el objetivo del proyecto de ley que impulsa la Senadora por el Maule, Ximena Rincón (DC), junto a sus colegas, Matías Walker, Francisco Huenchumilla e Iván Flores, y que a partir de la experiencia judicial y del conocimiento científico, establece nueve medidas que los fiscales deberán adoptar de manera inmediata en caso de aprobarse la iniciativa que modifica el código procesal penal y la leyes 20.066 y 19.968.

¿Qué dijo la senadora Rincón?

“La opinión pública conoce una serie interminable de casos de violencia grave en la familia, en particular contra la pareja, que no reciben una protección adecuada y que, en muchos casos, desgraciadamente, terminan en femicidios y suicidios de las víctimas. También se sabe que la violencia afecta a los hijos de la pareja y a los adultos mayores en formas que no reciben una protección temprana. Por ello, con este proyecto queremos mejorar la protección de las victimas mediante cambios tanto a la regulación penal como a la civil”, explicó la legisladora.

¿Cuáles son los detalles del proyecto de ley?

Rincón añadió que la iniciativa regula situaciones en las que la experiencia permite suponer que el agresor es un peligro para la seguridad de la víctima y que ella está ante un riesgo inminente de sufrir daño, por lo que permite al fiscal y al juez adoptar medidas cautelares inmediatas en favor de la víctima.  De este modo -explicó- factores como embarazo, edad, discapacidad, violencia delante de los hijos, dependencia económica del agresor, normalización de la violencia o retracto de denuncias anteriores, deberán ser  considerados para la adopción inmediata  de medidas de protección eficaces, las que hoy solo consideran aspectos como alcoholismo o drogadicción del agresor

¿Qué medidas se podrían aplicar?

La parlamentaria destacó que en caso de presunciones de peligro, el proyecto amplía las facultades a los fiscales del Ministerio Público para adoptar medidas de protección inmediatas en cuanto conozcan de los hechos.  “Se trata de medidas más eficientes que rondas periódicas de carabineros, pues podrán ordenar la salida del hogar del agresor o la entrega de alarmas portátiles antipánico a las víctimas. Esto, aún si el fiscal no tiene competencia sobre el caso, ya que debe dar el primer auxilio a las víctimas”, precisó.

¿Qué medidas cautelares se peuden aplicar?

Añadió que la propuesta establece la prohibición al agresor de establecer comunicación escrita, telefónica o virtual con la víctima o de realizar cualquier tipo de publicaciones  sobre ésta, sus hijos o personas de entorno más próximo. Ximena Rincón puntualizó que para evitar acciones que infundan miedo a las víctimas, la iniciativa prohíbe al agresor de todo tipo de acto de persecución, seguimiento o vigilancia de la persona afectada, aun cuando se respeten los espacios de distancia física impuestos en la medida de prohibición de acercamiento.

¿Qué pasa con los adultos mayores?

En el caso de los adultos mayores, se establecerá presunción de riesgo si alguien usa sus recursos económicos, sin autorización expresa y se podrá dejar sin efecto los mandatos mal habidos o mal usados.

¿Qué pasa si hay retractación?

El proyecto también decreta que los procesos no concluirán por manifestación de voluntad de la víctimas, lo que permitirá evitar su manipulación o amedrentamiento.  Otro punto incluido en el proyecto es que el cuidado provisorio de los hijos de víctima será sin comunicación entre los hijos y el agresor, estableciéndose, además medidas para asegurar alimentos.

¿Qué ocurre con la situación económica de la víctima?

Finalmente, la Senadora dijo que en la iniciativa legal se establece que las medidas cautelares se extienden de oficio hasta la resolución del caso y que en situaciones de violencia económica, se incorpore como medida cautelar permanente la retención de sueldos, honorarios y pensiones.

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